¿A qué llamamos Núcleos Zoológicos?
Llamamos Núcleos Zoológicos a cualquier concentración de animales que se establecen en un lugar determinado por interés y decisión de su titular con el objetivo de obtener una utilidad, generalmente comercial, de ornato o deportiva.
Como actividad zoosanitaria ubicada próxima a la actividad y población humana, adquiere una serie de riesgos en seguridad física y transmisión de enfermedades a otras especies animales o al humano que exigen una adecuada gestión y supervisión.
Para ello, las administraciones autonómica y locales exigen unos permisos , licencias e inscripciones registrales que garanticen la implantación y adecuada gestión de estos riesgos en unas condiciones adecuadas de bienestar animal.
En este sentido, solicita una declaración de actividad con el número y especies que va a contar este núcleo zoológico y destino de utilidad de este.
Solicita además un informe veterinario de gestión en bioseguridad y bienestar animal del Núcleo Zoológico, detallando los procedimientos implantados en bioseguridad animal y zoonosis , así como medidas decididas en el caso que la prevención establecida fracase.
Por último, la presencia del veterinario de explotación asignado y la vigilancia continua de su seguridad en la supervisión de los sistemas implantados , permite la instauración y su gestión en condiciones de seguridad en bienesta y salud animal y salud pública.
¿Qué hacemos desde Lexvet.es?
Asesoramos diseñamos, inscribimos e implantamos el proyecto de Núcleo Zoológico decidido Lo supervisamos si nos lo requieren
Asesoramos y señalamos las necesidades de instauración, gestión y supervisión del Núcleo Zoológico en cualquier comunidad autonómica donde se encuentre.
Elaboramos la documentación necesaria para su comunicación a la Administración Competente, y elaboramos los protocolos de gestión sanitaria del núcleo zoológico.
Si no cuentan con veterinario colaborador , podemos responsabilizarnos de la gestión y supervisión en bioseguridad y bienestar animal del Núcleo Zoológico.